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Esta semana acaba el plazo de inscripción en el comedor


La realidad social extremeña demanda de la Administración Educativa actuaciones tendentes a posibilitar la conciliación de la vida laboral con la familiar, facilitando la incorporación de hombres y mujeres al mundo del trabajo en igualdad de condiciones.
La oferta del servicio de comedor escolar en los centros públicos de la Comunidad Autónoma, es una medida enfocada a la conciliación de la vida familiar y laboral, con el objetivo de responder a las demandas educativas que plantean los nuevos modelos de organización de las familias extremeñas. Las iniciativas que, en este sentido, desarrollen otras administraciones, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro, vendrán a complementar la oferta de la administración educativa, ya que ofrecer más y mejores servicios
socioeducativos es una tarea compartida.
Por otra parte el servicio de comedor, tiene carácter de servicio educativo complementario compensatorio y social que contribuye al ejercicio del derecho a la educación de todo el alumnado extremeño en condiciones de equidad.
Hasta tanto se publique la normativa especifica reguladora, este servicio funcionará de acuerdo con las iguientes instrucciones:
Usuarios
Todo el alumnado del centro podrá ser usuario del servicio de comedor. Cuando el número de solicitudes
sea superior al número de plazas disponibles, la selección y admisión de los usuarios corresponderá al
Consejo Escolar, que tendrá en cuenta los siguientes criterios de prelación:
1. Alumnado usuario de transporte escolar.
2. Otro alumnado con derecho a la gratuidad del servicio.
3. Alumnado sin derecho a gratuidad, por este orden:
− Alumnado cuyos padres o tutores legales trabajen y exista incompatibilidad entre su
horario laboral y el horario escolar de sus hijos, por este orden:
− Familias monoparentales.
− Familias numerosas.
− Alumnado del centro con circunstancias familiares o socioeducativas especiales.
− Resto de alumnado del centro.
− Personal docente y de administración del centro.
En los casos del alumnado sin derecho a gratuidad, si fuera necesario, las plazas se adjudicarán en función del criterio "menor renta familiar" de los usuarios.
La concesión de plaza en el comedor escolar a usuarios sin derecho a gratuidad estará supeditada a la existencia de plazas vacantes, y no supondrá, en ningún caso, incremento de gasto público.

Gratuidad del servicio
Tendrá derecho a la gratuidad de las prestaciones del servicio de comedor:
a) El alumnado del centro beneficiario de rutas de transporte escolar o de ayuda individualizada de transporte.
b) Alumnado del centro procedente de familias con necesidades socioeconómicas especiales. Se
entenderá que se cumple este requisito cuando la renta de la unidad familiar no supere las
siguientes cuantías:
Familias de 1 miembro 3.600 euros.
Familias de 2 miembros 7.000 "
Familias de 3 miembros 10.200 "
Familias de 4 miembros 13.200 "
Familias de 5 miembros 16.000 "
Familias de 6 miembros 18.600 "
Familias de 7 miembros 21.000 "
Estas cuantías será objeto de actualización anual conforme al I.P.C. de la Comunidad
Autónoma.
• En otro caso, cuando se acredite fehacientemente mediante informe de los Servicios Sociales
de Base del Ayuntamiento, los Equipos Psicopedagógicos o la Inspección Educativa.
c) El alumnado escolarizado en centros de educación especial y el alumnado de educación
obligatoria con plaza en escuelas hogar o residencias no universitarias.
d) El personal de cocina o con tareas de vigilancia y cuidado del alumnado, dependiente de la
Consejería de Educación.
Solicitud por parte de parte de las familias
Los padres que soliciten el servicio de comedor escolar para sus hijos deberán presentar, antes del 25 de septiembre, en la secretaría del centro el Anexo IV (Solicitud), acompañado de la siguiente documentación:
− En los casos de incompatibilidad horaria: Certificado expedido por la empresa en la que se
indique el horario laboral del padre y /o madre o tutores legales.
− En los casos de circunstancias familiares o socioeducativas: Documentación justificativa de la
familia que acredite las circunstancias alegadas.
− En los casos en que la familia solicite gratuidad del servicio de comedor por necesidades
socioeconómicas especiales (regla 5 apartado b) deberá acompañar el Anexo V (Autorización
para que la Consejería de Educación solicite de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
los datos relativos a la renta familiar) y la fotocopia del D.N.I. de todos los miembros
computables.
− En otro caso, cuando se acredite fehacientemente mediante informe de los Servicios Sociales
de Base del Ayuntamiento, los Equipos Psicopedagógicos o la Inspección Educativa.

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